De acuerdo a la normativa vigente, se encuentran exentos de impuestos aduaneros y costos de depósito los paquetes que cumplan los siguientes requisitos:

  • El consignatario (destinatario de la encomienda) sea una persona física mayor a 18 años.
  • Se trate de productos sin fines comerciales.
  • El peso total del paquete no supere los 20 Kilos.
  • El valor de la factura (o valor declarado) no supere los USD 200.
  • Que el envío contenga factura de compra. En caso de que se trate en envíos que contengan obsequios familiares, ropa usada o equipaje, estos deberán estar acompañados de la declaración de valor correspondiente.
  • Se disponga de los datos de la persona física que recibe la encomienda: nombre/s y apellidos completos, cédula de identidad, fecha de nacimiento y domicilio.
  • La compra se haya efectuado con tarjeta de crédito o débito.
  • El consignatario (destinatario de la encomienda), el titular del método de pago, y el titular de la compra (nombre que aparece en el documento de compra) debe coincidir.
  • Que no se trate de productos gravados por el Impuesto Específico Interno (IMESI).
  • Que no se trate de mercaderías declaradas como Prohibidas.
  • Que el comprador no haya superado las 3 exoneraciones anuales de hasta USD 200 previstas por el Decreto 336/015 y su modificación (este control es realizado exclusivamente por la Dirección Nacional de Aduanas).